Lunes, 12 de octubre de 2026BOE núm. 253 · 85 publicaciones · 71 explicadas · días anteriores
← Portada Acuerdo · Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · Estatal

España pagará la enseñanza del catalán como otra lengua nacional en las Escuelas Europeas

El Ministerio de Educación y las Escuelas Europeas pactan cómo se implantará y se pagará la enseñanza del catalán como Otra Lengua Nacional (ONL). Las clases pueden empezar en el curso 2026/2027 en las escuelas con demanda suficiente. España asume el coste del profesorado.

Lo que tienes que saber

Plazo
Tres meses
Plazo para resolver una diferencia en el Comité Conjunto antes de elevarla al Consejo Superior

Puntos clave

  1. La implantación es gradual: puede empezar en el curso 2026/2027 donde haya demanda suficiente.
  2. El Ministerio de Educación cubre salario y complementos del profesorado de catalán y lo reembolsa al final de cada curso.
  3. El primer curso se podrá contratar profesorado local; después, profesorado en adscripción temporal.
  4. Si un grupo no llega a 6 alumnos, se puede agrupar con alumnos de cursos consecutivos.
  5. El acuerdo dura cuatro años, prorrogables por periodos de hasta cuatro años adicionales.

Plazos

Las Escuelas Europeas envían al Ministerio la previsión del profesorado de catalán de cada curso

Durante el primer trimestre de cada curso escolar, enviar al MEFD una previsión del profesorado de catalán

Antelación mínima para dar por terminado el acuerdo mediante notificación escrita

con una antelación mínima de seis meses

Plazo para resolver una diferencia en el Comité Conjunto antes de elevarla al Consejo Superior

De no alcanzarse una solución en el plazo de tres meses desde la primera consulta

Entrada en vigor

El presente acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 31 de agosto de 2026, fecha de su firma, según se establece en cláusula octava.
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.