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Ley Orgánica · Jefatura del Estado · Estatal
Una ley orgánica reconoce como agentes de la autoridad a los funcionarios de prisiones
Una ley orgánica modifica la Ley General Penitenciaria para que los funcionarios de prisiones sean agentes de la autoridad a todos los efectos legales. También obliga a la Administración a indemnizarles por daños sufridos en el servicio y mejora su protección si son detenidos o ingresados en prisión.
Puntos clave
- Los funcionarios de prisiones tienen a todos los efectos legales el carácter de agentes de la autoridad.
- Pueden identificarse por su número de registro profesional en procesos administrativos y judiciales.
- Sus informes sobre hechos que presenciaron bastan para resolver expedientes disciplinarios, salvo prueba en contrario.
- La Administración debe indemnizarles por daños en el servicio, si no hubo dolo, culpa o negligencia grave.
- El personal laboral de prisiones recibe la misma protección penal y las reglas de indemnización y separación.
Entrada en vigor
El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.