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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Palma de Mallorca (Illes Balears)
Resolución permite inscribir en Palma una donación entre cónyuges de régimen sueco
La Dirección General estima el recurso de un notario y revoca la negativa del registrador de Palma de Mallorca n.º 1 a inscribir una donación de la mitad de varias fincas entre cónyuges casados bajo el régimen sueco. Considera acreditado que ese régimen es de comunidad diferida, similar a la separación de bienes mientras dura el matrimonio.
A quién afecta:Jurista
Qué tienes que hacer
Quien esté legitimado puede recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble.
Plazo
Dos meses
Plazo para presentar demanda judicial contra la resolución, desde su notificación
Puntos clave
- Se estima el recurso del notario y se revoca la nota de calificación del registrador.
- El registrador exigía rectificar antes la inscripción, hecha «para su sociedad conyugal».
- Los cónyuges aclararon en escritura que su régimen sueco es de comunidad diferida de bienes.
- Se aportó un informe apostillado de un notario sueco que acredita ese régimen.
- Contra la resolución cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil en dos meses.
Plazos
Plazo para presentar demanda judicial contra la resolución, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.