← Portada
Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Barcelona (Barcelona)
Se confirma la negativa a inscribir una usucapión ganada contra herederos desconocidos
La Dirección General desestima el recurso y confirma al registrador de Barcelona n.º 4, que no inscribió una sentencia que reconocía por usucapión la mitad de una finca. La demanda se dirigió de forma genérica contra la herencia yacente y los ignorados herederos de la titular, sin acreditar las garantías exigidas.
Qué tienes que hacer
Quien quiera discutir la resolución puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble. Para subsanar los defectos, debe aportar la documentación al registrador.
Plazo
Dos meses
Demanda ante el Juzgado de lo Civil contra esta resolución, desde su notificación
Puntos clave
- Gana el registrador: se desestima el recurso y se mantiene la nota de calificación.
- La demanda fue genérica contra la herencia yacente y se siguió en rebeldía.
- Si no hay herederos conocidos, además de edictos hay que avisar al Estado o a la Comunidad Autónoma (art. 150.2 LEC).
- Si hay indicios de herederos, hay que dirigir la demanda contra ellos tras averiguar su identidad y domicilio.
- El recurso no sirve para subsanar defectos: la documentación se aporta al registrador.
Plazos
Demanda ante el Juzgado de lo Civil contra esta resolución, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.