Miércoles, 14 de octubre de 2026BOE núm. 255 · 269 publicaciones · 108 explicadas · días anteriores
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Una resolución admite inscribir una herencia con hija incapacitada sin defensor judicial

La Dirección General estima el recurso del notario y revoca la negativa de la registradora de San Sebastián n.º 6 a inscribir una partición de herencia. Considera que no hay conflicto de intereses entre la viuda y su hija incapacitada, así que no hace falta defensor judicial.

A quién afecta:JuristaFamilia

Lo que tienes que saber

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se estima el recurso del notario y se revoca la calificación negativa de la registradora.
  2. Las registradoras exigían un defensor judicial por posible conflicto entre la viuda y su hija incapacitada.
  3. La liquidación de gananciales y la partición son una sola operación dirigida por el contador-partidor del testador.
  4. El conflicto de intereses debe ser real, no hipotético; hay que examinar cada caso.
  5. Cabe recurso ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.

Plazos

Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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