Miércoles, 14 de octubre de 2026BOE núm. 255 · 269 publicaciones · 108 explicadas · días anteriores
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Sin NIF rehabilitado no se cancela la reserva de dominio de un coche, confirma la DG

La Dirección General desestima el recurso y confirma la negativa de la registradora de Barcelona a cancelar la reserva de dominio de un vehículo. La sociedad que ejerció la opción de compra tiene el NIF revocado, y eso le cierra el acceso a los registros públicos aunque la financiera haya emitido el documento de cancelación.

A quién afecta:JuristaEmpresa

Qué tienes que hacer

Quien quiera inscribir el acto debe rehabilitar antes el NIF revocado ante la Administración tributaria. Quien quiera recurrir esta resolución puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Mercantil.

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Mercantil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se desestima el recurso: gana la registradora y pierde quien pedía la cancelación.
  2. Con el NIF de una entidad revocado, no puede acceder a ningún registro público salvo que se rehabilite.
  3. La regla también vale para cancelar la reserva de dominio tras ejercer la opción de compra.
  4. El documento de cancelación de la financiera no evita el cierre registral.
  5. Antes hay que pedir a Hacienda la rehabilitación del NIF.

Plazos

Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Mercantil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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