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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Carreño (Asturias)
Rechazan el recurso de una compradora: no puede rectificar sola un asiento inscrito
La Dirección General desestima el recurso de una de las tres compradoras de una finca de Carreño y confirma la nota del registrador. Una instancia privada firmada por una sola titular no basta para rectificar un asiento ya inscrito. Hace falta el consentimiento de todos los afectados o una sentencia judicial.
Qué tienes que hacer
Quien esté legitimado puede recurrir con una demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, en dos meses desde la notificación, por juicio verbal.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
Puntos clave
- Se desestima el recurso y se confirma la nota de calificación del registrador de Gijón n.º 3.
- Una instancia privada firmada solo por una titular no sirve para rectificar un asiento ya inscrito.
- Rectificar exige el consentimiento de titulares y afectados, o una sentencia en juicio declarativo.
- La Dirección General no puede valorar si fue correcta la inscripción original de la condición resolutoria.
- La validez de la diligencia notarial de 2021 y las quejas contra el registro quedan fuera de este recurso.
Plazos
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.