Jueves, 15 de octubre de 2026BOE núm. 256 · 164 publicaciones · 62 explicadas · días anteriores
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Un real decreto de Transportes da 187.190 € a dos asociaciones del Ministerio para 2026

Un real decreto de Transportes concede directamente, sin convocatoria pública, dos subvenciones para 2026. Una es para la asociación de familias de la escuela infantil del Ministerio y otra para la Asociación Aula Cultural de Fomento. Fija también las condiciones, la justificación y los posibles reintegros.

Qué tienes que hacer

Las dos asociaciones deben enviar por medios electrónicos la solicitud, un presupuesto y una memoria de actividades en quince días hábiles desde la publicación del real decreto en el BOE.

Plazo
Quince días hábiles
Solicitud de subvención por las asociaciones, con presupuesto y memoria, desde la publicación en el BOE
Importe
180.250 euros
Subvención a la Asociación de Familias de Alumnos de la Escuela de Educación Infantil

Puntos clave

  1. La asociación de familias de la escuela infantil recibe 180.250 euros para gastos del alumnado, como manutención y actividades.
  2. El Aula Cultural de Fomento recibe 6.940 euros para conferencias, visitas y excursiones culturales.
  3. Las actividades deben hacerse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
  4. El pago es anticipado, en un solo libramiento y sin garantías.
  5. La justificación del gasto se envía antes del 28 de febrero de 2027.

Importes

180.250 euros

Subvención a la Asociación de Familias de Alumnos de la Escuela de Educación Infantil

será de 180.250 euros
6.940 euros

Subvención a la Asociación Aula Cultural de Fomento

será de 6.940 euros

Plazos

Solicitud de subvención por las asociaciones, con presupuesto y memoria, desde la publicación en el BOE

En el plazo de quince días hábiles desde la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado»

Plazo máximo para resolver y notificar la concesión, desde la entrada en vigor

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión a las entidades beneficiarias será de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto.
31 dic 2026

Plazo para realizar las actividades subvencionadas

deberán ser realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2026
28 feb 2027

Entrega de la documentación justificativa

antes del 28 de febrero de 2027

Entrada en vigor

El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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