Lunes, 19 de octubre de 2026BOE núm. 259 · 259 publicaciones · 105 explicadas · días anteriores
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Resolución admite inscribir la segregación y agrupación de dos áticos en Lleida

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública estima el recurso de un notario de Lleida contra la negativa de una registradora a inscribir una segregación y agrupación entre dos viviendas. Revoca los tres defectos recurridos. El defecto sobre el coeficiente de las fincas no se recurrió y sigue pendiente de resolverse.

A quién afecta:Jurista

Lo que tienes que saber

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil (juicio verbal), contado desde su notificación

Puntos clave

  1. Se estima el recurso del notario y se revoca la nota de la registradora en los tres defectos recurridos.
  2. La porción segregada queda bien descrita: los planos fijan los linderos y la cuota sale por diferencia entre las fincas.
  3. No hace falta una transmisión entre los dos propietarios: ambos recibieron las viviendas por legado con la configuración física actual.
  4. Se trata en realidad de rectificar una entrega errónea de los legados de 2021, con el consentimiento de todos los titulares.
  5. Los defectos no recurridos (coeficientes y certificación de la comunidad) no se tratan en esta resolución.

Plazos

Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil (juicio verbal), contado desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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