La Dirección General rechaza el recurso y confirma que el registrador de Eivissa puede suspender la inscripción
La Dirección General de Seguridad Jurídica desestima el recurso de una promotora y confirma la negativa del registrador de Eivissa n.º 1 a inscribir un decreto de adjudicación hipotecaria y su mandamiento de cancelación. El decreto no desglosa por conceptos lo que se entrega al acreedor, y eso impide comprobar los límites de la hipoteca. El otro defecto sobre arrendatarios ya estaba subsanado.
Qué tienes que hacer
Subsanar el decreto de adjudicación desglosando los importes por conceptos; después se inscribirán conjuntamente decreto y mandamiento. También cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil.
Puntos clave
- Se desestima el recurso: gana el registrador y pierde la empresa recurrente.
- El decreto junta en una sola cifra principal, intereses y gastos, sin desglose.
- Sin desglose no se puede comprobar que lo pagado al acreedor respeta el límite de cada concepto.
- Decreto y mandamiento se califican juntos: el defecto de uno bloquea la inscripción de ambos.
- El defecto sobre notificaciones a arrendatarios quedó subsanado tras el informe del registrador.
Importes
Precio total de adjudicación de las dos fincas
un precio total de 536.402,32 euros
Responsabilidad hipotecaria global de ambas fincas
responsabilidad hipotecaria global por todos los conceptos de 291.523 euros
Sobrante indicado en el decreto de adjudicación
diferente del importe indicado en el decreto de adjudicación: 244.929,32 euros
Plazos
Demanda ante el Juzgado de lo Civil contra esta resolución, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación