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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Alfaro (La Rioja)
Estimado en parte un recurso: la licencia no basta para inscribir la división horizontal en Alfaro
La Dirección General confirma que la licencia municipal de división horizontal no basta para inscribir el edificio dividido en pisos y locales si el Registro no recoge la superficie construida de las viviendas. Pero da la razón a la notaria en que no hace falta una nueva licencia de obra: puede acreditarse la realidad del edificio por antigüedad u otros medios legales.
Qué tienes que hacer
Quien quiera inscribir la división horizontal debe acreditar la descripción y antigüedad del edificio por alguno de los medios legales (por ejemplo, certificación técnica o catastral). Contra la resolución cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
Puntos clave
- Estimación parcial: se confirma la exigencia de acreditar en el Registro la realidad física del edificio.
- La licencia de división horizontal no sustituye esa acreditación registral de las superficies construidas.
- Se revoca que haga falta un nuevo título urbanístico de obra: cabe la vía de la antigüedad.
- Se admiten certificación técnica, catastral, administrativa u otros medios legales, si son coincidentes y suficientes.
- La rectificación de cabida de 169 a 171 m² no fue cuestionada en las notas de calificación.
Plazos
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.