Lunes, 19 de octubre de 2026BOE núm. 259 · 259 publicaciones · 105 explicadas · días anteriores
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Resolución rechaza inscribir adjudicación hipotecaria en Adeje por falta de nota de cargas

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso del adjudicatario de una finca y confirma al registrador de Adeje. No se puede inscribir la adjudicación ni cancelar las cargas posteriores porque no se anotó al margen de la hipoteca la expedición de la certificación de cargas. Pierde el recurrente.

A quién afecta:JuristaEmpresa

Qué tienes que hacer

Para inscribir, hay que subsanar el defecto: el letrado de la Administración de Justicia debe certificar que los titulares posteriores fueron citados sin indefensión. También hay que acreditar que la finca está libre de arrendamientos. Se puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil.

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación de la resolución

Puntos clave

  1. Se desestima el recurso y se confirma la nota de calificación del registrador de Adeje.
  2. Falta la nota marginal de expedición de certificación de dominio y cargas, trámite esencial en la ejecución hipotecaria.
  3. La publicidad del Portal de Subastas del BOE no sustituye a la publicidad registral frente a terceros posteriores.
  4. El defecto es subsanable si el letrado de la Administración de Justicia certifica que los terceros fueron citados y sin indefensión.
  5. Además, el registrador exige acreditar que la finca está libre de arrendamientos.

Plazos

Plazo para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación de la resolución

en el plazo de dos meses desde su notificación
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