Miércoles, 21 de octubre de 2026BOE núm. 261 · 162 publicaciones · 55 explicadas · días anteriores
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Registro de Mérida acierta al negar anotar una alegación urbanística de una promotora

La Dirección General desestima el recurso de una promotora contra la negativa de la registradora de Mérida n.º 1 a extender un asiento de presentación. La promotora quería que constara en el Registro un procedimiento urbanístico en tramitación y sus alegaciones. La Dirección General confirma la negativa: el documento no es título inscribible.

A quién afecta:JuristaEmpresa

Qué tienes que hacer

Quien esté legitimado puede recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde radica el inmueble, en el plazo de dos meses desde la notificación.

Plazo
Dos meses
Plazo para presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil, contado desde la notificación de la resolución

Puntos clave

  1. Se desestima el recurso por completo y se confirma la nota de la registradora.
  2. El escrito era un documento privado y no un título inscribible.
  3. La anotación preventiva del Real Decreto 1093/1997 exige mandamiento judicial por recurso contencioso-administrativo.
  4. La nota marginal pedida no encaja en ninguno de los tipos que prevé esa norma.
  5. Cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.

Plazos

Plazo para presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil, contado desde la notificación de la resolución

en el plazo de dos meses desde su notificación
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