Real decreto da 17 millones a universidades públicas para mantener plazas de Medicina
Sanidad concede directamente subvenciones a las universidades públicas con Grado en Medicina para mantener en 2026-2027 plazas de segundo, tercero y cuarto curso por encima de su memoria de verificación. Se paga en dos veces y las universidades deben justificar el gasto.
Qué tienes que hacer
Las universidades públicas beneficiarias deben solicitar el primer pago (anexos II y III) y el segundo pago (anexo V) por vía electrónica, certificar las matrículas activas (anexo IV) y justificar el gasto.
Puntos clave
- Subvención máxima total de 17.025.000 € para el curso 2026-2027, repartida entre universidades públicas en el anexo I.
- Se financian 15.000 € por plaza mantenida en segundo, tercero y cuarto curso por encima de la memoria de verificación.
- Se paga en dos pagos anticipados: el primero en 2026 y el segundo en 2027, tras acreditar matrículas activas a 31 de diciembre de 2026.
- El gasto subvencionable es el corriente (personal docente y bienes y servicios), del 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2027.
- Si una plaza no mantiene la matrícula activa a 31 de diciembre de 2026, hay que devolver 15.000 € por plaza.
Importes
Importe máximo total de las subvenciones
diecisiete millones veinte y cinco mil euros (17.025.000 €) para el periodo 2026-2027
Coste estimado por plaza mantenida
con un coste estimado de quince mil euros (15.000 €) por plaza mantenida en el segundo, en el tercer y en el cuarto curso
Importe máximo para plazas de segundo curso
diez millones doscientos cuarenta y cinco mil euros (10.245.000 €)
Importe máximo para plazas de tercer curso
cuatro millones quinientos setenta y cinco mil euros (4.575.000 €)
Importe máximo para plazas de cuarto curso
dos millones doscientos cinco mil euros (2.205.000 €)
Importe máximo subvencionable en 2026
ocho millones seiscientos cincuenta y cinco mil euros (8.655.000 €)
Importe máximo subvencionable en 2027
ocho millones trescientos setenta mil euros (8.370.000 €)
Plazos
Solicitud del primer pago: siete días hábiles desde el día siguiente a la entrada en vigor
El plazo de presentación de las solicitudes de primer pago será de siete días hábiles contados a partir del día siguiente al de la entrada en vigor del presente real decreto.
Solicitud del segundo pago
El plazo de presentación de las solicitudes de segundo pago comenzará el 2 de marzo de 2027 y finalizará el 23 de marzo de 2027.
Presentación del certificado de matrículas activas (anexo IV)
El plazo para presentar el certificado se iniciará el 31 de diciembre de 2026 y finalizará el 31 de enero de 2027.
Presentación de la cuenta justificativa tras acabar el plazo de ejecución
La cuenta justificativa habrá de presentarse en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo para la realización de las actuaciones subvencionadas
Entrada en vigor
El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».