Jueves, 22 de octubre de 2026BOE núm. 262 · 248 publicaciones · 127 explicadas · días anteriores
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Justicia rechaza inscribir una compra por opción firmada por quien ya no era dueño

La Dirección General desestima el recurso de la empresa Faster 2000 y confirma la negativa del registrador de Bilbao n.º 11. La escritura de ejercicio de la opción de compra la firmó el antiguo titular, no los titulares registrales actuales, y a estos se les notificó la venta ya hecha, el 12 de febrero de 2026.

A quién afecta:JuristaEmpresa

Qué tienes que hacer

Quienes estén legalmente legitimados pueden presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, por juicio verbal, en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución.

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se desestima el recurso: gana el registrador y pierde la empresa optante.
  2. La escritura la firmó el concedente, que ya no era titular registral de las fincas.
  3. Por el tracto sucesivo, debe intervenir el titular registral actual o haber sentencia firme.
  4. Se notificó a los titulares una venta ya hecha, no la intención de ejercer la opción.
  5. La opción caducó el 10 de febrero de 2026 y la notificación fue el 12; el defecto es insubsanable.

Plazos

Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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