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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Almoradí (Alicante)
Justicia rechaza inscribir 16 "fincas en potencia" para construir por fases en Almoradí
La Dirección General desestima el recurso de un notario y confirma los cuatro defectos del registrador de Almoradí. No se puede inscribir una propiedad horizontal única por fases basada en cuotas con derecho a edificar sobre parcelas concretas, ni la compraventa de una de esas cuotas. Afecta a notarios, registradores y promotores que quieran construir por fases.
Qué tienes que hacer
Contra la resolución se puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, por juicio verbal.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación
Puntos clave
- Se desestima el recurso del notario y se confirma la nota del registrador en sus cuatro defectos.
- La configuración es indeterminada: no hay plazo para ejercer el derecho a edificar y su viabilidad es incierta.
- Hace falta licencia municipal o declaración de innecesariedad, y no consta ninguna.
- Se exige representación gráfica georreferenciada de las 16 porciones de suelo.
- La compraventa de 1/16 con derecho a edificar la fase II no se inscribe; sí cabría inscribir una cuota indivisa sin esa configuración.
Plazos
Plazo para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.