Jueves, 22 de octubre de 2026BOE núm. 262 · 248 publicaciones · 127 explicadas · días anteriores
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Registro de Móstoles no cancelará la hipoteca de una empresa en concurso: recurso desestimado

La Dirección General desestima el recurso de una empresa que pedía cancelar una hipoteca unilateral tras pagar a parte de sus acreedores concursales. Confirma a la registradora: hace falta una resolución judicial que ordene la cancelación, o escritura con consentimiento del acreedor. Además, Investcapital Malta debe inscribir antes su derecho.

A quién afecta:EmpresaJurista

Qué tienes que hacer

Quien quiera cancelar la hipoteca debe obtener una resolución judicial que la ordene expresamente o una escritura pública con el consentimiento del acreedor, e inscribir antes la cesión a Investcapital Malta. Cabe recurrir ante el Juzgado de lo Civil en dos meses.

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde radica el inmueble (juicio verbal), desde su notificación

Puntos clave

  1. Se desestima el recurso y se confirma la nota negativa de la registradora de Móstoles n.º 3.
  2. La diligencia que tiene por presentado el informe de cumplimiento no ordena cancelar la hipoteca.
  3. Haría falta un decreto o auto judicial que ordene cancelar, o escritura con el consentimiento del acreedor.
  4. Investcapital Malta debe inscribir antes la cesión del crédito hipotecario que consta a nombre de Deutsche Bank y Unicaja.
  5. No se puede aplicar por analogía la cancelación prevista para planes de reestructuración homologados.

Plazos

Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde radica el inmueble (juicio verbal), desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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