← Portada
Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Granadilla de Abona (Santa Cruz de Tenerife)
Resolución estima el recurso de un notario y revoca la nota del registrador de Granadilla
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública estima el recurso de un notario contra el registrador de Granadilla de Abona, que había suspendido la inmatriculación (primera inscripción) de una finca. El registrador no explicó en su nota qué no coincidía con el Catastro. Además, el lindero omitido consta en la certificación catastral y el registrador puede completarlo de oficio.
Qué tienes que hacer
Quien quiera impugnar la resolución puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, en dos meses desde la notificación.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
Puntos clave
- Gana el notario recurrente: se revoca la nota de calificación negativa del registrador.
- La nota era demasiado escueta: no detallaba en qué puntos la finca no coincidía con el Catastro.
- Los defectos que el registrador explicó solo en su informe no cuentan: deben constar en la calificación.
- Faltaba algún lindero en el título, pero figura en la certificación catastral y el registrador puede completarlo.
- La finca de 663 m² en Villa de Arico se pedía inscribir por el sistema de doble título (artículo 205 de la Ley Hipotecaria).
Plazos
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.