Jueves, 22 de octubre de 2026BOE núm. 262 · 248 publicaciones · 127 explicadas · días anteriores
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Resolución: obra nueva exige inscribir antes el plano de la finca, que sí es inscribible

La Dirección General confirma que para inscribir la terminación de una obra nueva debe constar antes, o a la vez, la representación gráfica georreferenciada de la finca. Pero estima el recurso del notario en que esa representación gráfica catastral sí se puede inscribir, porque la diferencia de superficie es inferior al 5 % y la registradora no planteó dudas. El Registro de Oviedo ya había aceptado los otros tres defectos.

A quién afecta:JuristaCualquier persona

Lo que tienes que saber

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se confirma la nota en que la obra nueva exige inscribir antes la base gráfica de la finca.
  2. Se estima el recurso: la representación gráfica catastral de la finca es inscribible.
  3. La finca consta con 774,59 m² y Catastro dice 764 m²: diferencia inferior al 5 %.
  4. La registradora no motivó dudas de identidad; el juicio de identidad no puede ser arbitrario.
  5. La registradora se allanó (aceptó el recurso) en los defectos 2, 3 y 4, sobre coordenadas, Libro del Edificio y certificado energético.

Plazos

Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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