Jueves, 22 de octubre de 2026BOE núm. 262 · 248 publicaciones · 127 explicadas · días anteriores
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Estimación parcial: Carreteras puede inscribir la autovía sin aportar todas las fincas, pero debe identificarlas

La Dirección General estima en parte el recurso de la Demarcación de Carreteras contra la registradora de Valoria La Buena. Carreteras no tiene que presentar antes las expropiaciones de cada finca ni sus representaciones gráficas. Pero la suspensión se mantiene hasta que la Administración identifique todas las fincas registrales afectadas.

A quién afecta:JuristaAdministración

Qué tienes que hacer

La Administración debe identificar todas las fincas registrales afectadas por el expediente expropiatorio para levantar la suspensión. Los legitimados pueden recurrir ante el Juzgado de lo Civil.

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se revoca la exigencia de inscribir antes cada finca expropiada y luego agruparlas.
  2. Se confirma la suspensión hasta que la Administración identifique las fincas registrales afectadas.
  3. La registradora no puede decidir por su cuenta qué fincas están afectadas por la expropiación.
  4. Con la identificación, se podrá extender en cada finca la nota marginal del artículo 47 del Reglamento Hipotecario.
  5. Se pide proporcionalidad: basta delimitar la porción expropiada y el dominio público resultante.

Plazos

Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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