Jueves, 22 de octubre de 2026BOE núm. 262 · 248 publicaciones · 127 explicadas · días anteriores
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Carreteras puede inscribir la expropiación sin todas las fincas, pero debe identificarlas

La Dirección General estima en parte el recurso de la Demarcación de Carreteras contra la registradora de Valoria La Buena. Se acepta que pueda inscribirse la finca resultante de la expropiación sin presentar antes las expropiaciones de cada finca afectada. Se rechaza que no tenga que identificar las fincas afectadas: la suspensión se mantiene hasta que lo haga.

A quién afecta:JuristaAdministración

Qué tienes que hacer

La Administración debe identificar las fincas registrales afectadas por el expediente de expropiación para que se pueda inscribir. Quien esté legitimado puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil.

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se revoca la nota en lo relativo a exigir las expropiaciones individuales y la representación gráfica de todas las fincas.
  2. Se confirma la suspensión mientras la Administración no identifique las fincas registrales afectadas por el expediente.
  3. Con esa identificación se podrá extender en cada finca una nota marginal del artículo 47 del Reglamento Hipotecario.
  4. No puede quedar en manos de la registradora decidir qué fincas están afectadas.
  5. Cabe recurso ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.

Plazos

Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
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