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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Arona (Santa Cruz de Tenerife)
Registro de Arona debe anotar la renuncia de una empresa a dos terrazas; recurso estimado
La Dirección General estima el recurso de «Intermobiliaria, SA» y revoca la negativa de la registradora de Arona. Debe hacerse constar en el Registro la renuncia al dominio de dos fincas (terrazas) de un complejo en propiedad horizontal. Además, debe comunicarse a la Administración del Estado para que tramite el expediente que corresponda.
Qué tienes que hacer
La registradora debe inscribir la renuncia en cada finca y comunicarla a la Administración competente. Quien esté legitimado puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, desde su notificación
Puntos clave
- Se estima el recurso: la registradora debe hacer constar la renuncia en el folio de cada finca.
- Las fincas siguen inmatriculadas (inscritas) en el Registro tras la renuncia.
- Debe darse traslado a la Administración General del Estado, que decidirá si tramita un expediente sobre bienes vacantes.
- No hay adquisición automática por el Estado ni por los propietarios que usan las terrazas: harían falta su consentimiento y el expediente.
- La comunidad conserva sus derechos para reclamar gastos anteriores a la renuncia.
Plazos
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.