Venta de finca con vendedor en concurso: 3 defectos confirmados y el del precio revocado
La Dirección General estima parcialmente el recurso de un notario contra la calificación de una registradora de Fuenlabrada. Se confirman los defectos por falta del administrador concursal, de autorización judicial y de solicitud de inscripción parcial. Se revoca el defecto que pedía explicar la causa de la venta de una cuota por 1.000 € frente a 47.000 € de las otras.
Qué tienes que hacer
Para inscribir la venta hay que subsanar los defectos confirmados: aportar la intervención del administrador concursal y la autorización del juez del concurso. Se puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil en dos meses.
Puntos clave
- Se estima parcialmente: gana la registradora en tres defectos y el notario en uno.
- Se confirma que debe intervenir el administrador concursal del vendedor declarado en concurso.
- Se confirma que hace falta autorización del juez del concurso para la venta.
- Se confirma que no se inscriben solo dos tercios sin solicitud expresa de inscripción parcial.
- Se revoca el defecto del precio: 1.000 € declarados indican venta onerosa; su posible simulación corresponde a Hacienda o a los tribunales.
Importes
Precio de la cuota de cada una de las dos vendedoras
cuarenta y siete mil euros (47.000,00 €)
Precio de la cuota del vendedor declarado en concurso
mil euros (1.000,00 €)
Plazos
Plazo para recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación