Un real decreto da a Navantia préstamos sin interés para tres programas navales de Defensa
El Gobierno concede de forma directa a Navantia tres préstamos a interés cero para adelantar la financiación de programas navales de Defensa: las corbetas europeas de patrulla (EPC), la modernización de los cazaminas clase Segura y la modernización de otras unidades de la flota. Navantia debe devolver el dinero según el calendario que fijen las órdenes de concesión.
Qué tienes que hacer
Navantia debe presentar la solicitud y la documentación por el registro electrónico del Ministerio de Industria y Turismo en 15 días hábiles desde la entrada en vigor.
Puntos clave
- Tres préstamos a Navantia: 1.786 M€ (corbetas EPC), 210 M€ (cazaminas Segura) y 200 M€ (flota)
- Interés del 0 % fijo y, en general, sin garantías; se amortiza sin penalización cuando se quiera
- Navantia debe solicitarlos en 15 días hábiles desde la entrada en vigor
- Libramientos por hitos certificados por Defensa; devolución ligada a los pagos de Defensa
- Concesión directa sin convocatoria pública por razones de defensa y seguridad nacional
Importes
Préstamo para el programa de corbetas European Patrol Corvette (gestión delegada en OCCAR)
el importe de 1.786.000.000 euros
Préstamo para modernizar los cazaminas clase Segura
el importe de 210.000.000 euros
Préstamo para modernizar unidades de la flota
el importe de 200.000.000 euros
Garantía exigida en libramientos anticipados si no hay negocio jurídico con Defensa
por importe del 10 por ciento de la cuantía prevista para dichos libramientos
Plazos
Navantia presenta la solicitud y la documentación (15 días hábiles desde la entrada en vigor)
en el plazo de quince días hábiles desde la entrada en vigor de este real decreto
Plazo máximo para resolver y notificar; pasado ese plazo puede entenderse desestimada
seis meses desde la entrada en vigor del presente real decreto
Fecha límite para formalizar el negocio jurídico con Defensa; si no, devolución de lo anticipado
antes del 31 de octubre de 2027
Entrada en vigor
El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».