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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Una resolución da la razón a los herederos frente a la registradora de Jerez
La Dirección General estima el recurso de los herederos y revoca la negativa de la registradora a inscribir una segregación de finca rústica. La registradora debe iniciar el procedimiento para fijar la superficie real de la finca. Si sale bien, no podrá mantenerse el defecto de unidad mínima de cultivo.
Qué tienes que hacer
Quien esté legitimado puede recurrir esta resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde está el inmueble, por las normas del juicio verbal.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
Puntos clave
- Se estima el recurso y se revoca la nota de calificación de la registradora.
- La registradora suspendía porque el resto de finca quedaba por debajo de 1,5 hectáreas, la unidad mínima de cultivo.
- Debe iniciarse el procedimiento de georreferenciación (fijar la ubicación y límites exactos) del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
- Se notificará a los titulares del resto de la finca matriz, que puede quedar afectado.
- Si la superficie se rectifica, no podrá mantenerse el defecto de unidad mínima de cultivo.
Plazos
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.