Sábado, 31 de octubre de 2026BOE núm. 271 · 366 publicaciones · 88 explicadas · días anteriores
← Portada Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · Valencia (Valencia)

Resolución: la registradora debe dar los coeficientes de la comunidad, no datos personales

La Dirección General estima en parte el recurso de una comunidad de propietarios de Valencia. La registradora debe expedir una nueva certificación con la descripción completa de la finca y los coeficientes de participación. Se mantiene la omisión de los datos personales de promotores, constructores e intervinientes en las escrituras de 1949 y 1970.

Qué tienes que hacer

Quien esté legitimado y no esté conforme puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la provincia donde radica el inmueble, por juicio verbal.

Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

Puntos clave

  1. Se estima parcialmente el recurso: gana la comunidad en descripción y coeficientes, pierde en datos personales.
  2. La registradora debe expedir nueva certificación de las inscripciones 2.ª y 7.ª de la finca 20.904 de Valencia.
  3. Los coeficientes de participación no son datos personales, sino datos jurídico-reales de la finca.
  4. Sigue la omisión de datos personales protegidos, porque no se ha acreditado el fallecimiento de esas personas.
  5. Cabe demanda ante el Juzgado de lo Civil en dos meses desde la notificación.

Plazos

Plazo para recurrir la resolución mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde su notificación

en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.