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Resolución · Ministerio de la Presidencia y Justicia · San Agustín del Guadalix (Madrid)
Se rechaza inscribir una herencia: falta acreditar que no hay otros herederos
La Dirección General desestima el recurso del notario y confirma a la registradora de San Agustín del Guadalix. El testamento nombraba heredera a una hermana ya fallecida, y los sobrinos se adjudicaron los bienes por una interpretación del notario. No basta esa interpretación porque no la han aceptado todos los posibles herederos, ya que no se sabe si hay más hermanos o sobrinos.
Qué tienes que hacer
Para inscribir la herencia hay que otorgar un acta de declaración de herederos abintestato o de notoriedad que acredite que no hay más hermanos ni sobrinos, o que todos los interesados acepten la interpretación. También se puede acudir al juzgado.
Plazo
Dos meses
Plazo para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación de la resolución
Puntos clave
- Gana la registradora: el recurso del notario se desestima y se confirma la calificación.
- La heredera nombrada murió antes que el testador, y el notario vio una sustitución a favor de sus tres hijos.
- Interpretar un testamento dudoso exige el acuerdo de todos los posibles herederos o una sentencia judicial.
- Hay que acreditar con acta de notoriedad o abintestato que no existen más hermanos ni sobrinos.
- Se puede recurrir ante el Juzgado de lo Civil en dos meses.
Plazos
Plazo para recurrir mediante demanda ante el Juzgado de lo Civil, desde la notificación de la resolución
en el plazo de dos meses desde su notificación
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.