Orden de Agricultura fija las condiciones del seguro agrario de cultivos agroenergéticos
Una orden del Ministerio de Agricultura define qué se puede asegurar, cuándo y con qué precios en el seguro de cultivos agroenergéticos (los que sirven para producir biocombustibles sólidos). Se aplica en todo el territorio nacional y también valdrá para el siguiente plan de seguros.
Qué tienes que hacer
Quien quiera asegurar estos cultivos debe contratar el seguro dentro de los periodos de suscripción, pagar la prima a tiempo y tener contratos de compraventa de su producción.
Puntos clave
- Son asegurables los cultivos agroenergéticos lignocelulósicos, de secano y regadío, y sus instalaciones de riego si se asegura también la producción
- Hay que haber firmado contratos de compraventa de la producción de todas las parcelas durante el periodo de garantía
- Suscripción de módulos 1 y 2: del 15 de noviembre al 28 de febrero (31 de mayo para maíz, sorgo y paja de maíz, sorgo y arroz)
- Módulo P: suscripción del 1 de marzo al 31 de mayo del año siguiente
- Precios elegibles: cultivos anuales de 3 a 6 €/100 kg y plurianuales de 4 a 7,5 €/100 kg de materia seca
Importes
Precio máximo cultivos anuales (€/100 kg materia seca)
Cultivos anuales. 6 3
Precio mínimo cultivos anuales (€/100 kg materia seca)
Cultivos anuales. 6 3
Precio máximo cultivos plurianuales (€/100 kg materia seca)
Cultivos plurianuales. 7,5 4
Precio mínimo cultivos plurianuales (€/100 kg materia seca)
Cultivos plurianuales. 7,5 4
Plazos
Suscripción módulos 1 y 2, inicio
el periodo de suscripción será para el módulo 1 y 2 del 15 de noviembre para todos los cultivos
Fin de suscripción módulos 1 y 2 (maíz, sorgo y paja de maíz, sorgo y arroz)
finalizará el 31 de mayo del año siguiente al inicio de suscripción
Suscripción módulo P
se iniciará el 1 de marzo y finalizará el 31 de mayo
Periodo de carencia desde la entrada en vigor de la declaración de seguro
período de carencia de seis días completos
Entrada en vigor
El día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»