Viernes, 6 de noviembre de 2026BOE núm. 277 · 191 publicaciones · 59 explicadas · días anteriores
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Una ley de Asturias protege los derechos de las personas LGTBI y sus familias

La ley asturiana fija políticas públicas para erradicar la discriminación de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) y de sus familias. Afecta a educación, sanidad, empleo, cultura, deporte, medios de comunicación, servicios sociales y ámbito local. Crea el Conseyu de Participación LGTBI y un régimen de infracciones y sanciones.

Qué tienes que hacer

Las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deben contar con medidas planificadas y un protocolo contra el acoso. Los centros educativos y las administraciones deben adaptar protocolos, documentos y planes en los plazos fijados.

Plazo
Seis meses
Plazo para aprobar el reglamento del Conseyu de Participación LGTBI

Puntos clave

  1. Crea el Conseyu de Participación LGTBI, que sustituye al Observatorio Asturiano contra la LGTBI-fobia.
  2. Los centros educativos deben respetar el nombre elegido por el alumnado y su acceso a aseos y vestuarios.
  3. Sanidad: unidades de salud sexual en cada área sanitaria y unidades de atención a personas trans.
  4. Empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deben tener medidas LGTBI y protocolo contra el acoso.
  5. Infracciones leves, graves y muy graves, con sanciones accesorias como perder subvenciones.

Plazos

Plazo máximo para medidas como adaptar la documentación administrativa, crear el distintivo para empresas y aprobar el protocolo de coordinación sobre menores trans

Se establece el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la ley

Plazo máximo para aprobar el plan LGTBI en el empleo público, adaptar la documentación sanitaria y las medidas deportivas

Se establece el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la ley

Plazo para aprobar el reglamento del Conseyu de Participación LGTBI

en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley

Entrada en vigor

A los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias»
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.